A continuación encontrarás información sobre los requisitos de acceso, las fases del proceso selectivo, el Máster en Formación del Profesorado y otros consejos para tu preparación.

Requisitos

¿Quién puede presentarse?

Aquí podrás encontrar un resumen de los requisitos que los aspirantes al Cuerpo de Profesores de Secundaria y FP están obligados a reunir, además de la información sobre el Máster Oficial en Formación del Profesorado de Educación Secundaria y sustituye al Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP). Cada convocatoria aporta requisitos específicos que debes leer con detenimiento en el boletín oficial (por ejemplo, conocimiento de la lengua autonómica en algunas comunidades).


Requisitos

Para poder optar a una plaza del Cuerpo de Profesores de Secundaria hay que cumplir una serie de requisitos, los cuales deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera, y que son los que te detallamos a continuación:

  • Ser español, nacional de un país miembro de la Comunidad Europea o nacional de cualquiera de los Estados a los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.
  • Tener cumplidos dieciocho años y no exceder en el momento del nombramiento como funcionario de carrera la edad establecida para la jubilación.
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo al que se opta.
  • No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
  • No ser funcionario de carrera o en prácticas del mismo Cuerpo al que se pretende optar.
  • Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor, Ingeniero, Arquitecto, Licenciado o equivalente a efectos de docencia.

Según el REAL DECRETO 276/2007, de 23 de febrero, publicado en BOE núm. 53. de 2 marzo 2007, se regulan las Titulaciones equivalentes a efectos de docencia para el ingreso en los siguientes cuerpos, recogidas en el Reglamento de Acceso, Ingreso y adquisición de Nuevas Especialidades de los cuerpos Docentes:

Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
Especialidades Titulaciones
Tecnología Ingeniero Técnico
Arquitecto Técnico
Diplomado en Máquinas Navales
Diplomado en Navegación Marítima
Diplomado en Radioelectrónica Naval
Administración de Empresas Diplomado en Ciencias Empresariales
Diplomado en Gestión y Administración Pública
Análisis y Química Industrial Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Química Industrial
Ingeniero Técnico Forestal, especialidad en Industrias Forestales
Construcciones Civiles y Edificación Arquitecto Técnico
Ingeniero Técnico Industrial, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico de Obras Públicas, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico en Topografía
Formación y Orientación Laboral Diplomado en Ciencias Empresariales
Diplomado en Relaciones Laborales
Diplomado en Trabajo Social
Diplomado en Educación Social
Diplomado en Gestión y Administración Pública
Hostelería y Turismo Diplomado en Turismo
Informática Diplomado en Estadística
Ingeniero Técnico en Informática de Gestión
Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas
Ingeniero Técnico de Telecomunicación, especialidad en Telemática
Intervención
Sociocomunitaria
Maestro, en todas sus especialidades
Diplomado en Educación Social
Diplomado en Trabajo Social
Navegación e Instalaciones Marinas Diplomado en Máquinas Navales
Diplomado en Navegación Marítima
Diplomado en Radioelectrónica Naval
Ingeniero Técnico Naval, en todas sus especialidades
Organización y Gestión Comercial Diplomado en Ciencias Empresariales
Organización y Procesos de Mantenimiento de Vehículos Diplomado en Navegación Marítima
Diplomado en Radioelectrónica Naval
Diplomado en Máquinas Navales
Ingeniero Técnico Aeronáutico, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico Agrícola, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico Forestal, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico de Minas, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico Naval, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico de Obras Públicas, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico Industrial, en todas sus especialidades
Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica Ingeniero Técnico Industrial, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico de Minas, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico en Diseño Industrial
Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Aeronaves, especialidad en Equipos y Materiales Aeroespaciales
Ingeniero Técnico Naval, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico Agrícola:
Especialidad en Explotaciones Agropecuarias
Especialidad en Industrias Agrarias y Alimentarias
Especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales
Ingeniero Técnico de Obras Públicas, especialidad en Construcciones Civiles
Diplomado en Máquinas Navales
Organización y Proyectos de Sistemas Energéticos Ingeniero Técnico Industrial, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico Aeronáutico, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico de Obras Públicas, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico de Telecomunicación, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico Naval, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico Agrícola, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico de Minas, en todas sus especialidades
Diplomado en Máquinas Navales
Procesos de Producción Agraria Ingeniero Técnico Agrícola, en todas sus especialidades
Ingeniero Técnico Forestal, en todas sus especialidades
Procesos en la Industria Alimentaria Ingeniero Técnico Agrícola, especialidad en Industrias Agrarias y Alimentarias
Procesos Sanitarios Diplomado en Enfermería
Procesos y Productos de Textil, Confección y Piel Ingeniero Técnico Industrial, especialidad Textil
Procesos y Productos de Vidrio y Cerámica Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Química Industrial
Procesos y Productos en Artes Gráficas Ingeniero Técnico en Diseño Industrial
Ingeniero Técnico Forestal, especialidad en Industrias Forestales
Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Química Industrial
Procesos y Productos en Madera y Mueble Ingeniero Técnico Forestal, especialidad en Industrias Forestales
Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Mecánica
Ingeniero Técnico en Diseño Industrial
Arquitecto Técnico
Sistemas Electrónicos Diplomado en Radioelectrónica Naval
Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Aeronavegación
Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas
Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electricidad, especialidad en Electrónica Industrial
Ingeniero Técnico de Telecomunicación, en todas sus especialidades
Sistemas Electrotécnicos y Automáticos Diplomado en Radioelectrónica Naval
Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Aeronavegación
Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas
Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electricidad, especialidad en Electrónica Industrial
Ingeniero Técnico de Telecomunicación, en todas sus especialidades
Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional
Especialidades Titulaciones
Cocina y Pastelería Técnico Superior en Restauración
Técnico Especialista en Hostelería
Estética Técnico Superior en Estética
Técnico Especialista en Estética
Fabricación e Instalación de Carpintería y Mueble Técnico Superior en Producción de Madera y Mueble
Técnico Superior en Desarrollo de Productos en Carpintería y Mueble
Técnico Especialista en Construcción Industrial de Madera
Técnico Especialista Ebanista
Técnico Especialista en Madera
Técnico Especialista Modelista de Fundición
Técnico Especialista en Diseño y Fabricación de Muebles
Mantenimiento de Vehículos Técnico Superior en Automoción
Técnico Especialista en Mecánica y Electricidad del Automóvil
Técnico Especialista en Automoción
Técnico Especialista en Mantenimiento de Máquinas y Equipos de Construcción y Obras
Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas Técnico Superior en Producción por Mecanizado
Técnico Especialista en Montaje y Construcción de Maquinaria
Técnico Especialista en Micromecánica de Máquinas Herramientas
Técnico Especialista en Micromecánica de Instrumentos
Técnico Especialista Instrumentista en Sistemas de Medida
Técnico Especialista en Utillajes y Montajes Mecánicos
Técnico Especialista Mecánico de Armas
Técnico Especialista en Fabricación Mecánica
Técnico Especialista en Máquinas-Herramientas
Técnico Especialista en Matricería y Moldes
Técnico Especialista en Control de Calidad
Técnico Especialista en Micromecánica y Relojería
Patronaje y Confección Técnico Superior en Procesos de Confección Industrial
Técnico Superior en Patronaje
Técnico Especialista en Confección Industrial de Prendas Exteriores
Técnico Especialista en Confección Industrial de Prendas Interiores
Técnico Especialista en Confección a Medida de Señora
Técnico Especialista en Producción en Industrias de la Confección
Técnico Especialista en Sastrería y Modistería
Técnico Especialista en Confección de Tejidos
Peluquería Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal
Técnico Especialista en Peluquería
Producción en Artes Gráficas Técnico Superior en Producción en Industrias de Artes Gráficas
Técnico Especialista en Composición
Técnico Especialista en Encuadernación
Técnico Especialista en Impresión
Técnico Especialista en Procesos Gráficos
Técnico Especialista en Reproducción Fotomecánica
Técnico Especialista en Composición de Artes Gráficas
Servicios de Restauración Técnico Superior en Restauración
Técnico Especialista en Hostelería
Soldadura Técnico Superior en Construcciones Metálicas
Técnico Especialista en Construcciones Metálicas y Soldador
Técnico Especialista en Soldadura
Técnico Especialista en Fabricación Soldada
Técnico Especialista en Calderería en Chapa Estructural
Técnico Especialista en Construcción Naval
Técnico Especialista en Trazador Naval
Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas
Especialidades Titulaciones
Música Título de Profesor, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre Diploma de Cantante de Opera, expedido al amparo del Decreto 13/1970, de 29 de enero
Danza Documentos acreditativos de la completa superación de estudios oficiales de Danza expedidos de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 600/1999, de 16 de abril
Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño
Especialidades Titulaciones
Conservación y restauración de materiales arqueológicos Título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, especialidad de Arqueología
Títulos recogidos en el artículo 2 del Real Decreto 440/1994, de 11 de marzo, correspondientes a la sección de Arqueología
Conservación y restauración de obras escultóricas Título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, especialidad de Escultura
Títulos recogidos en el artículo 2 del Real Decreto 440/10994, de 11 de marzo, correspondientes a la sección de Escultura
Conservación y restauración de obras pictóricas Título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, especialidad de Pintura
Títulos recogidos en el artículo 2 del Real Decreto 440/10994, de 11 de marzo, correspondientes a la sección de Pintura
Conservación y restauración de Textiles Título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, especialidad de Textiles
Conservación y Restauración del documento gráfico Título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, especialidad de Documento Gráfico
Cerámica Título Superior de Cerámica
Diseño de interiores Título de Diseño, especialidad Diseño de interiores
Diseño de moda Título de Diseño, especialidad Diseño de moda
Diseño de producto Título de Diseño, especialidad Diseño de productos
Diseño gráfico Título de Diseño, especialidad Diseño gráfico
Vidrio Título Superior del Vidrio

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Máster

El máster en Formación del Profesorado de Educación Secundaria

El Máster Oficial en Formación del Profesorado de Educación Secundaria es la única vía para acceder a ser profesor de Educación Secundaria Obligatoria, de Bachillerato y de Formación Profesional, tanto en centros públicos como privados y sustituye a las anteriores titulaciones (CAP).

Tras la obtención de un título de grado, la superación de este Máster, de un año de duración (60 créditos europeos), será requisito imprescindible para habilitar el ejercicio de la profesión docente en secundaria.

El objetivo de este Máster es completar la formación de licenciatura o grado cursando durante un año académico materias propias relacionadas con la profesión de docente.

Este máster, también incluye las disciplinas de Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas.

El máster se dirige a licenciados, ingenieros, arquitectos o graduados que deseen formarse para ser profesores de ESO y Bachillerato, pretende profesionalizar a todos los estudiantes que deseen dar este paso para lo que se les aportará los contenidos disciplinares necesarios que correspondan con la especialidad elegida.

El máster tiene la duración de un curso académico, su conclusión reporta un total de 60 créditos y se estructura en un primer módulo genérico, un módulo específico correspondiente a cada especialidad, un ‘practicum’ y un trabajo fin de máster.

En diciembre de 2008 el Consejo de Ministros aprobó los acuerdos por los que se regulan los planes de estudios conducentes al ejercicio de la actividad docente en nuestro país. Estos planes se realizan de acuerdo a la Ley Orgánica de Educación (LOE) y en línea con la adaptación de las universidades españolas al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).

De acuerdo con la Ley Orgánica de Educación 2/2006, del 3 de mayo, este Máster Universitario atiende la demanda de los titulados que desean adquirir las competencias necesarias para el ejercicio de la docencia en los niveles de la Enseñanza Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, respondiendo a la obligatoriedad de cursar estos estudios para ejercer la docencia en dichos ámbitos, de acuerdo con lo dispuesto por la mencionada Ley Orgánica.

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, de ordenación de las enseñanzas universitarias, ha establecido la organización y el contenido de los títulos oficiales de Máster Universitario. Con posterioridad, la Orden Ministerial ECI/3858/2007, de 27 de diciembre, es la que ha determinado los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habilitan para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas.

En cuanto a las condiciones de acceso, además de los requisitos de admisión específicos que establezca cada universidad, el estudiante deberá acreditar el dominio de los conocimientos disciplinares de la especialidad que desee cursar, con un título de grado universitario que se corresponda con la especialización elegida. Estas especialidades, que se establecen teniendo en cuenta las materias de los estudios de ESO, Bachillerato y Formación Profesional, serán las siguientes:

  • Ciencias Experimentales y Tecnología
  • Ciencias Sociales y Humanidades
  • Economía, Gestión y Administración
  • Educación Física
  • Especialidades de FP relacionadas con el Sector Primario e Industrial
  • Especialidades de FP relacionadas con el Sector Servicios
  • Formación y Orientación Laboral
  • Lenguas y Literatura
  • Matemáticas
  • Música y Artes Visuales
  • Tecnologías de la Información y la Comunicación

Por otra parte, en relación con los requisitos, una de las novedades más significativas respecto al actual CAP, es la exigencia de acreditar el dominio de una lengua extranjera equivalente al nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que se corresponde con un nivel intermedio.

La duración establecida para el Máster será de un año, 60 ECTS aunque en algunos casos, el alumno deberá superar asimismo un número de créditos de formación adicional (máximo 60 ECTS) según la formación que haya acreditado y la especialidad por la que haya optado. Esta formación adicional, que se establecerá de forma individual para cada estudiante, está dirigida al aprendizaje de contenidos y competencias específicas de la especialidad, para aquellos alumnos que no posean un título relacionado directamente con ella.

Al margen de esta formación adicional, los 60 ECTS que forman parte de los contenidos formativos comunes estarán dirigidos, por una parte, a proporcionar al profesorado el conocimiento de las materias correspondientes a la especialidad cursada, y por otra, a saber enseñar estos contenidos adecuándose al nivel y la formación de los estudiantes. Asimismo, esta formación se orientará a la adquisición por parte del profesorado de las habilidades necesarias para ejercer su actividad docente: planificar, desarrollar y evaluar el proceso de enseñanza y aprendizaje, concretar el currículo de la materia, desarrollar las funciones de tutoría y orientación o participar en la investigación e innovación de los procesos de enseñanza, entre otras.

Con base en estos objetivos, los contenidos comunes se estructurarán en siete actividades formativas: formación disciplinar (12 ECTS), aprendizaje y la enseñanza de las materias de la especialidad y afines (12 CTS), aprendizaje y desarrollo de la personalidad entre 12 y 18 años (6 ECTS), procesos y contextos educativos (6 ECTS), sociedad familia y educación (6 ECTS), innovación docente e iniciación a la investigación educativa (6 ECTS) y el Practicum (12 ECTS).

Un 20% de la formación del Máster estará dirigida a la parte práctica.

La dedicación de un 20% de la formación de este Máster a la parte práctica (Practicum), es una de las propuestas más valoradas por el ámbito educativo, teniendo en cuenta que en el CAP, esta actividad, considerada esencial para adquirir los conocimientos teóricos y prácticos de la profesión docente, se desarrolla únicamente durante cuatro semanas, sumando un total de 80 horas. Durante el Practicum del Máster, los estudiantes se integrarán dentro de un equipo docente de centros de educación secundaria reconocidos como centros de formación en prácticas. En este periodo, contarán con dos tutores de prácticas acreditados, uno perteneciente al equipo docente del centro y otro por parte de la universidad.

Una vez obtenido el título de Máster, el estudiante poseerá la formación y competencias necesarias para ejercer como profesor de Educación Secundaría. Asimismo, el título le habilitará para acceder al tercer ciclo de estudios universitarios, los estudios de Doctorado, siempre que haya completado un mínimo de 300 créditos en el conjunto de sus estudios.

Objetivos generales del título

De conformidad con el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), este Máster Universitario tiene como objetivos generales los siguientes:

  • Que los estudiantes sepan aplicar, como profesionales docentes, los conocimientos adquiridos y su capacidad de resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos dentro de contextos más amplios (o multidisciplinares) relacionados con la especialidad cursada.
  • Que los estudiantes sean capaces, como profesionales docentes, de integrar conocimientos y enfrentarse a la complejidad de formular juicios a partir de una información que, siendo incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades sociales y éticas vinculadas a la aplicación en los centros escolares de sus conocimientos y juicios.
  • Que los estudiantes sepan comunicar sus conclusiones, conocimientos y razones últimas en las que se sustentan como profesionales docentes, tanto a públicos especializados como a no especializados, de un modo claro y sin ambigüedades.
  • Que los estudiantes posean las habilidades de aprendizaje que les permitan continuar estudiando y formándose como profesionales docentes, de un modo en gran medida autodirigido o autónomo.

Para más información, consultar con las webs de las diferentes Universidades.

Personas que están excluidas en realizar el máster
    1. Quienes acrediten tener el titulo del CAP obtenido con anterioridad al 1 de octubre de 2009.
    2. Quienes puedan acreditar haber impartido, hasta el término del curso 2008/2009, docencia durante dos cursos académicos completos, o en su defecto doce meses en períodos continuos o discontinuos, en centros públicos o privados de enseñanza reglada, debidamente autorizados en las enseñanzas de ESO o Bachillerato.
    3. Los que tengan alguna de las siguientes titulaciones universitarias, siempre que la hayan obtenido antes del 1 de octubre de 2009:
      • Los Maestros/as
      • Los Licenciados en Pedagogía
      • Los Licenciados en Psicopedagogía

Los que obtengan dichas titulaciones a partir del 1 de octubre de 2009, tendrán que realizar el Máster, sin excepción alguna.

  1. Dado que aún no se ha regulado la formación pedagógica y didáctica para los grupos siguientes, también estarán exentos del máster:
    • Los Profesores de Enseñanzas Artísticas Profesionales
    • Los Maestros de Taller
    • Los Profesores de Enseñanzas Deportivas
    • Los Profesores Técnicos de Formación Profesional, siempre que accedan con una titulación de Técnico Especialista o Técnico Superior, exclusivamente

Dado que aún no se ha regulado la formación pedagógica y didáctica para estos grupos, también estarán exentos del máster pero hay que suponer que también de modo transitorio hasta que no se regule su formación pedagógica y didáctica. NO OBSTANTE HAY QUE TENER EN CUENTA LA SIGUIENTE ACTUALIZACIÓN: En reunión de la Mesa de Negociación celebrada el 23 de octubre de 2009, el Ministerio de Educación ha manifestado que, para las oposiciones de 2010 de ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional (Maestros de Taller) en todas sus especialidades, no se requerirá el máster.

Tienen que realizar el Máster:
  • Aquellos que no estén contemplados en los anteriores puntos.
  • Los Profesores Técnicos de Formación Profesional, siempre que accedan con una titulación universitaria (diplomatura, licenciatura, ingeniería técnica o superior, arquitectura técnica o superior). Deberán realizar el máster en una especialidad afín a la suya.
Recomendación

Para más información, recomendamos consultar con las webs de las diferentes Universidades.

Consulta el directorio de Universidades que imparten este máster.

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Fases de la oposición

La oposición

El sistema de acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (ESO y Bachillerato) está basado en cuatro principios fundamentales:

  1. Igualdad de oportunidades.
  2. Publicidad del concurso de méritos, de los ejercicios de la oposición, etc.
  3. Valoración objetiva o baremada de los méritos.
  4. Capacidad intelectual y pedagógica.

Este sistema de acceso por oposición está diseñado con la finalidad de permitir evaluar los siguientes aspectos:

  1. Los conocimientos teóricos específicos de la especialidad o materia a la que se opta en la oposición.
  2. Los conocimientos pedagógicos y prácticos del opositor.
  3. La preparación teórica y científica del opositor, que puede contrastarse atendiendo a los cursos que haya realizado, a los libros o artículos que haya publicado (sobre todo referentes a la especialidad o materia por la que opta), las conferencias que haya impartido, etc.
  4. Las capacidades pedagógicas y didácticas como futuro profesional de la educación, que son particularmente enjuiciadas en la exposición oral ante el tribunal, donde se valora no sólo su capacidad intelectual, sino también su técnica expositiva, su claridad y rigor a la hora de exponer, lo completo de su propuesta de «programación» y «unidad didáctica», etc.

De esta forma, las pruebas selectivas para acceder al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria son las siguientes:


Fase de oposición
  1. En la fase de oposición de los procedimientos selectivos se tendrá en cuenta la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.
  2. Las pruebas se convocarán, según corresponda, de acuerdo con las especialidades docentes y guardarán relación con los temarios en los términos establecidos para cada una de ellas.
  3. El orden en que deban desarrollarse las pruebas y sus partes o ejercicios, así como su duración será determinado por las Administraciones educativas en sus respectivas convocatorias.

TEMARIOS
Previa consulta con las Comunidades Autónomas, reglamentariamente se aprobarán los temarios definitivos que correspondan para los diferentes cuerpos y especialidades.

CARÁCTER DE LAS PRUEBAS

  1. Cada una de las pruebas de la fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.
  2. Todas las pruebas de las especialidades de idiomas modernos en los Cuerpos de Maestros, de Profesores de Enseñanza Secundaria, y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas se desarrollarán en el idioma correspondiente.
  3. En todas las especialidades que incluyan habilidades instrumentales o técnicas, estas habilidades deberán ser evaluadas en alguna de las pruebas.

PRUEBAS DE LA FASE DE OPOSICIÓN

En los procedimientos de ingreso a los cuerpos de funcionarios docentes la fase de oposición constará de dos pruebas que se ajustarán a lo que se indica a continuación:

    1. Una prueba, que tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, y que constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente:

Parte A: En todas las especialidades, las Administraciones educativas convocantes incluirán una prueba práctica que permita comprobar que los candidatos poseen la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que opte. En el caso de especialidades propias de las Enseñanzas Artísticas que atienden exclusivamente las enseñanzas artísticas superiores, en esta prueba práctica se deberá acreditar, además, la formación y capacidad de tutela en las investigaciones propias de las Enseñanzas Artísticas.

Parte B: Esta parte consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre un número de temas, extraídos al azar por el tribunal, proporcional al número total de temas del temario de cada especialidad, atendiendo a los siguientes criterios:

a) En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, deberá elegirse entre dos temas. sistema de acceso al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.

b) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre tres temas.

c) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, deberá elegirse entre cuatro temas. Esta prueba se valorará de cero a diez puntos. Cada una de las dos partes de las que consta deberá suponer como mínimo tres puntos de los diez que comprenderá la valoración total de esta prueba. Para su superación, los aspirantes deberán alcanzar una puntuación mínima igual o superior a cinco puntos, siendo ésta el resultado de sumar las puntuaciones correspondientes a las dos partes. A estos efectos la puntuación obtenida en cada una de las partes deberá ser igual o superior al 25 por 100 de la puntuación asignada a las mismas.

    1. Otra prueba, que tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente, y que consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica:

a) Presentación de una programación didáctica. La programación didáctica hará referencia al currículo de un área, materia o módulo relacionados con la especialidad por la que se participa, en la que deberá especificarse los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como a la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Esta programación se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en el que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo y en el caso de los aspirantes a ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, podrá estar referida a la etapa de la educación secundaria obligatoria, al bachillerato o a los ciclos formativos de formación profesional. La programación elaborada por el aspirante, de acuerdo con los términos que fijen las respectivas convocatorias, deberá presentarse y ser defendida ante el tribunal en el momento que establezca la Administración educativa convocante.

b) Preparación y exposición de una unidad didáctica. La preparación y exposición oral, ante el tribunal, de una unidad didáctica podrá estar relacionada con la programación presentada por el aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación. En el segundo caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo, del temario oficial de la especialidad. En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación. En las especialidades propias de la formación profesional específica tanto del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria como del de Profesores Técnicos de Formación Profesional, la unidad didáctica podrá referirse a unidades de trabajo debiendo relacionarse con las capacidades terminales asociadas a las correspondientes unidades de competencia propias del perfil profesional de que se trate. En las especialidades de Psicología y Pedagogía del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y en la de Servicios a la Comunidad del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, los aspirantes podrán optar por desarrollar un programa de intervención en un centro escolar o en un equipo de orientación educativa y psicopedagógica. Para la preparación y exposición de la unidad didáctica el aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá aportar él mismo, así como un guión o equivalente que deberá ser entregado al tribunal al término de aquella. Esta prueba se valorará globalmente de cero a diez puntos, debiendo alcanzar el aspirante, para su superación, una puntuación igual o superior a cinco puntos.

CALIFICACIONES

Las calificaciones de las pruebas se expresarán en números de cero a diez. En ellas será necesario haber obtenido una puntuación igual o superior a cinco puntos para poder acceder a la prueba siguiente o, en el caso de la última prueba, para proceder a la valoración de la fase de concurso.


Fase de concurso

MÉRITOS

      1. En la fase de concurso se valorarán, en la forma que establezcan las convocatorias, los méritos de los aspirantes; entre otros figurarán la formación académica y la experiencia docente previa. En todo caso, los baremos de las convocatorias deberán respetar las especificaciones básicas y estructura que se recogen en el Anexo I* de este Reglamento.
      2. La calificación de la fase de concurso se aplicará únicamente a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

*ANEXO I. Especificaciones a las que deben ajustarse los baremos de méritos para el ingreso a los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño. Los baremos que fijen las convocatorias para la fase de concurso se estructurarán en los tres bloques que se indican a continuación. Las puntuaciones máximas que pueden obtenerse en cada uno de estos bloques serán las siguientes:

      • Experiencia previa: Máximo cinco puntos
      • Formación académica: Máximo cinco puntos
      • Otros méritos: Máximo dos puntos

Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos.


Fase de prácticas

Los candidatos que hayan sido seleccionados son considerados como «funcionarios en 10 prácticas» en la enseñanza.

Una comisión pedagógica (o un tutor) valorará y puntuará su aptitud para la práctica docente.

Si superan esta última fase reciben la calificación de «apto» (o de lo contrario, «no apto»).

A partir de este momento son considerados como «funcionarios de carrera», adjudicándoseles un Número de Registro Personal propio.

Esta fase puede desarrollarse con una duración que oscila entre tres meses y un curso académico.

 

Consejos

Consejos generales de preparación

Nos estamos preparando para aprobar un concurso-oposición y optar a trabajar como funcionarios de la administración educativa, y hay que tener algo muy presente: “unas oposiciones no son lo mismo que unos exámenes de asignatura o curso donde sólo basta con sacar un 5 para aprobar”. Se trata de competir con otros opositores para unas determinadas plazas a las cuales sólo optarán las mejores “notas”.

Por todo esto el factor y la preparación psicológica son fundamentales, y nadie puede hacerlo por nosotros. Haciendo uso de la frase “el que algo quiere algo le cuesta”, hemos de plantearnos seriamente: ¿hasta dónde estamos dispuestos a llegar?, ¿qué estamos dispuestos a hacer para prepararnos?, ¿con qué grado de compromiso, disponibilidad?

Hemos de poner toda nuestra voluntad en el deseo de opositar y en prepararnos muy bien para ello, usando todos los medios necesarios.

Es fundamental una buena motivación y un adecuado enfoque, bien interiorizados y asimilados desde el propio convencimiento, ya que así encontraremos y mantendremos en el tiempo la necesaria “energía” y la suficiente voluntad para orientarnos y llegar a nuestra meta de conseguir una preparación óptima que nos ofrezca el máximo de posibilidades para superar las oposiciones. Hemos de tener claro que no basta con estudiar; el objetivo es saber, dominar, ser un experto, estar entre los mejores…

Esta tarea nos exige mucho “estudio”, un gran esfuerzo y sacrificio en el cual nos implicaremos mejor y más activamente y podremos facilitar si, además de elevar el autoconcepto y la voluntad, adoptamos algunas estrategias, hábitos, técnicas… que mejoren el rendimiento y animen al esfuerzo, tales como:

Crear hábitos de estudio

Trabajar todos los días, aproximadamente el mismo tiempo y a las mismas horas, en el mismo sitio o habitación (lo cual no ha de impedir aprovechar otros ratos u otros sitios), con el suficiente material y con el trabajo programado con anterioridad y las ideas claras.

Trabajar sobre objetivos concretos

No sólo sobre el gran objetivo de aprobar las oposiciones, sino otros más cortos y concretos como conseguir esquematizar algunos temas en un tiempo predeterminado, saber elaborar organigramas, mapas conceptuales de los temas, saber resolver supuestos prácticos, dominar las materias, hacer exposiciones orales, etc.

Otorgarse premios o satisfacciones una vez alcanzados esos objetivos concretos.

Programar y controlar el tiempo

Hemos de disponer con antelación el tiempo necesario para evitar lagunas o temas sin saber, etc. Es preciso planificar, programar por escrito, de manera realista, equilibrada, flexible, personal…, este tiempo a largo plazo, distribuyéndolo y concretándolo en planes a corto plazo (semanales, quincenales…) y en estos tiempos a corto plazo organizar, priorizar las tareas y los objetivos más concretos, de manera secuenciada, lógica y estratégica, concretándolos, por último, en la programación diaria.

Esto nos permitirá afianzar los hábitos de estudio y de trabajo intelectual, controlar y readaptar la preparación, racionalizar el tiempo y la energía y evitar pérdidas.

Un tiempo diario apropiado sería de ocho a diez horas distribuidas en cuatro sesiones de dos horas a dos horas y media (por aquello de la curva del rendimiento), con pequeños descansos entre ellas, salvo comidas. En cuanto a si por la mañana, por la tarde, por la noche…, cada opositor tiene sus hábitos y su experiencia, lo cual le indicará los momentos más oportunos.

Nunca levantarse de una sesión de trabajo sin recapitular lo que se ha hecho, organizarlo y dejar muy claro y bien previsto por dónde seguiremos en la siguiente sesión. Esto nos evitará pérdidas de tiempo innecesarias y sobre todo desorientaciones.

Hacernos de unos buenos temarios, fundamentales para centrar el estudio, elaborarlos o reelaborarlos nosotros mismos y utilizar documentación e informaciones auxiliares (libros de especialidad, libros especializados, diccionarios, normativas, revistas y publicaciones, cuestiones, supuestos prácticos resueltos, comentarios de texto, propuestas didácticas, etc.)

Dominar y emplear técnicas “activas” de estudio o trabajo

      • Subrayado de palabras clave, ideas principales, secundarias… (utilizando diversos colores, haciendo anotaciones al margen…)
      • Esquematización (esquemas de llaves, numéricos…). Organigramas, mapas conceptuales…
      • Gráficos, diagramas y dibujos
      • Resúmenes
      • Búsqueda de informaciones, consultas de bibliotecas…
      • Grabación en audio de los temas, audición posterior…
      • Hacer exposiciones orales propias, grabarlas, volverlas a oír…
      • Plantearse y resolver cuestiones, problemáticas, propuestas didácticas…

Cada cual tiene sus truquillos, sus propias técnicas de estudio y trabajo, pero éstas han de ser mejoradas, rentables y activas.

Evitar distracciones o elementos que alteren la atención-concentración

Necesitamos una habitación o espacio aislado de interferencias, ruidos, conversaciones, T.V., radio, teléfono… Si disponemos de ordenador, ¡ojo con los juegos y las pérdidas de tiempo con la máquina!

De ser posible, reunirnos con otras personas que se estén preparando para intercambiar ideas, experiencias…

Realizar “aprendizajes significativos” y de memorización comprensiva

La memorización repetitiva no es válida para grandes cantidades de informaciones, datos… y además perdura poco en el tiempo. Hemos de entender y comprender bien los conceptos, ideas, informaciones…, dándoles una estructura lógica, diferenciando las ideas principales de las secundarias, relacionando y asociando los nuevos conocimientos con los que ya teníamos, buscándoles utilidad práctica para nuestro trabajo en los centros, etc.

Realizar ejercicios de “recuerdo”, repaso, exposición, recitado… que combatan el olvido

      • Buscar la funcionalidad de estos aprendizajes, teniendo como meta no el “estudiar” sino el “saber”. Esto evitará en buena medida el azar, la suerte. Cuanto más sepamos mejores y más rápidos aprendizajes nuevos adquiriremos, más y mejores “herramientas y recursos” tendremos; y no sólo para aprobar las oposiciones sino también para el posterior desempeño de trabajo y de labor educativa; e incluso, aunque no superemos las oposiciones esta vez, el saber quedará para otras ocasiones y situaciones y, sobre todo, para nosotros mismos.
      • Hacer prácticas reales sobre los temas, pruebas, tiempos… para lo cual nos ayudará bastante conocer las pruebas de años anteriores, hablar con personas que las pasaron, etc.